LA PUBLICIDAD EN LA OFICINA DE FARMACIA

Hoy en día el marketing es fundamental en todos los sectores ya que marca las pautas a seguir con el fin de atraer, captar, retener y fidelizar a los clientes satisfaciendo sus deseos y necesidades. Por ello, es un pilar también en las oficinas de farmacia pero, ¿sabemos qué publicidad podemos hacer?

Para comenzar a hablar del tema, tenemos que hacer referencia a la Ley General de Sanidad 14/1986. Según su artículo 27, “las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, realizarán un control de la publicidad y propaganda comerciales para que se ajusten a criterios de veracidad en lo que atañe a la salud y para limitar todo aquello que pueda constituir un perjuicio para la misma”, por lo que no se permite pero tampoco se prohíbe expresamente. Esto se debe a que las farmacias se incluyen en un sector en el cual no se permite la competencia directa y por tanto se saldría de los márgenes legales captar a clientes con promociones u ofertas.

Debemos acudir a las legislaciones de cada Comunidad Autónoma para confirmar de forma expresa la prohibición de realizar publicidad como es el caso de Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Extremadura, Comunidad de Madrid y Navarra. Galicia y Murcia disponen de decretos específicos para controlar este ámbito, y en el resto de comunidades en las que no se hace mención alguna al tema. Además también se debe tener en cuenta el Código Deontológico de los Colegios Farmacéuticos que determina que no se debe realizar ninguna clase de publicidad de la oficina de farmacia que pueda reducir la capacidad de libre elección de oficina de farmacia por parte del ciudadano.

Por tanto, es indispensable que antes de realizar publicidad de tu oficina de farmacia o tienda online en cualquier soporte debes examinar detalladamente la normativa de tu Comunidad Autónoma.

La citada ley hace referencia a productos farmacéuticos, esto son, medicinas o medicamentos. En el caso de productos que se venden en la oficina de farmacia pero no son farmacológicos al 100% (cremas hidratantes, perfumería, maquillaje, etc.) sí que se pueden crear estrategias de marketing y publicidad.  Si además se organizan actividades vinculadas al bienestar o a la salud (asesoramiento nutricional, tratamiento de estética, etc.), también se puede promocionar pero dejando siempre de la do la publicidad de la botica.